¿Cuándo es obligatorio Verifactu?
Tras la ampliación de plazos del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios. Las fechas anteriores eran 1 de enero y 1 de julio de 2026, y todavía hay webs de fabricantes que publican ese calendario viejo.
¿Estoy obligado si tengo una tienda online?
Si eres empresario o profesional con domicilio fiscal en territorio común, emites facturas y no estás en el SII, sí. Quedan fuera quienes están obligados al Suministro Inmediato de Información (SII), por el artículo 3.3 del propio reglamento, y quienes tienen su domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, que tienen sus propios sistemas — en los territorios históricos vascos se aplica TicketBAI.
¿Verifactu me obliga a mandar mis facturas a Hacienda?
Solo si eliges esa modalidad. Hay dos: con remisión, en la que el sistema envía los registros de facturación a la AEAT; y sin remisión, en la que los registros se conservan en tu propio sistema, con firma electrónica y un registro de eventos. Las dos son válidas y las dos exigen que el programa cumpla el reglamento.
¿Tengo que poner un código QR en mis facturas?
Sí. Según la AEAT, todas las facturas, completas o simplificadas, deben incorporar un código QR desde la entrada en vigor de la obligación. Eso incluye las facturas y los tiques que emita tu tienda online.
¿Qué pasa si mi programa no cumple?
La responsabilidad es tuya como usuario, no solo del fabricante. La Ley General Tributaria, en su artículo 201 bis, prevé una sanción de 50.000 euros por ejercicio por la tenencia de sistemas que no cumplan lo exigido. Por eso el software debe llevar una declaración responsable del fabricante y tú deberías tenerla por escrito.
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas?
No, y confundirlas es el error más común. Son dos normas distintas, con calendarios distintos y objetivos distintos: Verifactu regula cómo debe comportarse tu programa de facturación, y la factura electrónica B2B regula en qué formato se intercambian las facturas entre empresas. Cumplir una no te exime de la otra.
¿Puedo seguir usando varios programas para facturar?
Sí, pero todos los que uses tienen que cumplir el reglamento. Es un caso frecuente en tiendas online: el plugin de la tienda emite unas facturas y el programa de contabilidad emite otras. Los dos son sistemas informáticos de facturación a efectos de la norma.